Desde este 1 de octubre, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicado a los alimentos de primera necesidad ha aumentado de forma transitoria, tras concluir la exención que el Gobierno había aprobado en junio para productos esenciales de la cesta de la compra, incluyendo el aceite de oliva.

Durante este último trimestre del año, el IVA para alimentos como la leche, pan, harinas, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, cereales, tubérculos, quesos y huevos ha pasado a ser del 2%.

A partir del 1 de enero de 2025, se volverá a aplicar a los alimentos básicos la tasa superreducida del 4%.

Por otro lado, los aceites de semillas y las pastas, que hasta ahora tenían un IVA reducido del 5%, verán un incremento al 7,5% hasta final de año, antes de regresar al tipo habitual del 10% el próximo año.

Esta medida responde a la petición de la Comisión Europea para que los Estados miembros empiecen a revertir las medidas extraordinarias implementadas en los últimos años para enfrentar las crisis internacionales, como los conflictos en Ucrania y Oriente Medio.

En cuanto al aceite de oliva, el Gobierno se ha comprometido a considerar este producto como parte de los alimentos básicos de forma permanente, por lo que a partir del 1 de enero de 2025 se beneficiará del tipo superreducido del 4%.

Estas modificaciones buscan equilibrar las ayudas extraordinarias con el retorno a la normalidad tributaria.

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