Este artículo aborda las novedades procesales más significativas en la normativa para las personas con discapacidad y su evolución.

En el año 2021 se aprobó la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Esta ley ha traído consigo numerosas novedades, especialmente porque se ha buscado preservar al máximo la voluntad y los deseos de las personas que tienen una discapacidad, siendo mucho más respetuosa que la normativa anterior.

Antes de la entrada en vigor de esta ley, se llevaba a cabo un procedimiento judicial en el que se incapacitaba a una persona y se designaba un tutor —en la mayoría de los casos— que asumía las decisiones de la persona con discapacidad, resultando en un procedimiento más agresivo.

Gracias a la aprobación de la Ley 8/2021, el objetivo es adoptar aquellas medidas que una persona con discapacidad necesita para complementar su capacidad. Por lo tanto, se trata de atender las necesidades exactas y precisas de cada persona con discapacidad, siendo un procedimiento mucho más respetuoso.

Para la tramitación de este procedimiento es necesario aportar informes médicos y asistenciales para poder determinar en qué áreas (social, sanitaria, económica y patrimonial) una persona con discapacidad necesita asistencia y qué tipo de asistencia o complemento requiere.

Fases del procedimiento judicial

El procedimiento judicial se divide en tres fases principales:

  1. Fase de demanda
    En esta etapa, deben presentarse todos los informes médicos y sociales necesarios y exponer las medidas requeridas.
  2. Fase de pruebas
    El tribunal realiza dos pruebas clave: el reconocimiento judicial, que incluye una entrevista con el juez, y el reconocimiento médico forense. Estas pruebas suelen llevarse a cabo de forma conjunta.
  3. Fase del juicio y conclusiones
    Durante el juicio, todos los familiares directos deben comparecer en el juzgado. En esta fase, el abogado de la parte demandante y el Ministerio Fiscal presentan sus conclusiones. El Ministerio Fiscal interviene en todo el procedimiento con el objetivo de proteger los derechos e intereses de la persona con discapacidad, asegurándose de que se adopten las medidas de complemento de la capacidad necesarias.

Resolución del procedimiento

El procedimiento finaliza con la obtención de una sentencia dictada por el tribunal, que establece las medidas de apoyo específicas necesarias para garantizar que la persona con discapacidad pueda ejercer su capacidad jurídica de manera efectiva y respetuosa.

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