Las empresas inactivas, a pesar de su condición y falta de actividad, también deben hacer frente anualmente de determinadas obligaciones, por lo que su falta de actividad no exime de ninguna de esas obligaciones, de los costes que ello supone, ni tampoco de las sanciones y consecuencias de su incumplimiento.

La sociedad en esta situación debe dar cumplimiento a las obligaciones que a continuación se describen, lo que suele suponer habitualmente un coste anual aproximado de, al menos, 500 euros.

Se debe cumplimentar y presentar:

  • el impuesto de sociedades (periodicidad anual),
  • cuentas anuales (periodicidad anual),
  • libros societarios (periodicidad anual), al menos libro de actas, y
  • mantenimiento del certificado de firma digital (periodicidad bianual), el mismo debe mantenerse vigente en todo momento.

La falta de cumplimiento de todas estas obligaciones puede conllevar no solo sanciones económicas, sino además el cierre de la hoja registral y la pérdida del Número de Identificación Fiscal de la sociedad.

Hay que añadir que, transcurrido el plazo de un año sin que la sociedad desarrolle actividad, se hace necesario proceder a su reactivación, o en su caso, a su disolución, y el no proceder de este modo comporta la responsabilidad solidaria de los administradores por las obligaciones sociales contraídas con posterioridad.

Dependiendo de las circunstancias de la sociedad, reactivarla, disolverla y/o liquidarla es un procedimiento relativamente sencillo, y en cualquier caso para valorar el grado de dificultad, se hace necesario revisar caso por caso. Nuestro equipo de profesionales puede asesorarle a la hora de valorar como proceder ante sociedades inactivas, así como del proceso y sus costes.

Desde addwill, estamos a vuestra disposición si necesitáis más información o deseáis recibir asesoramiento sobre temas mercantiles. No dudéis en contactar con nuestros expertos del departamento a través del teléfono 934 875 200, el email comunicacio@addwill.eu, o haciendo clic aquí.