Recientemente, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital publicó el borrador del reglamento técnico que amplía la obligación de facturar electrónicamente a todas las empresas en España, incluyendo PYMES y autónomos, dando inicio a un período de audiencia pública que concluyó el 10 de julio de 2023, donde las empresas y proveedores de servicios pudieron presentar sus observaciones y sugerencias sobre la factura electrónica obligatoria en España.
La factura electrónica B2B será obligatoria en España
El proyecto se incluye en la Ley “Crea y Crece” aprobada en septiembre de 2022, que establece la facturación electrónica como el único sistema que podrá emplearse en las relaciones comerciales entre empresas y autónomos en España. La iniciativa garantizará una mayor agilidad y control de los pagos, que redundará en una reducción de la morosidad comercial y favorecerá el crecimiento empresarial.
Borrador sobre el reglamento técnico de factura electrónica B2B en España
El borrador de las autoridades españolas establece los requisitos técnicos para la futura ley de facturación electrónica obligatoria en España. Se enfoca en la verificación de la fecha de pago, control de plazos y morosidad, así como en los estándares de interoperabilidad, seguridad y normalización tecnológica.
Además, adelanta las características de la plataforma pública de facturación gestionada por la agencia tributaria española, que servirá como centro de concentración para todas las facturas electrónicas, independientemente de si se procesan a través de esta plataforma o por proveedores privados.
Plazos para la puesta en marcha de la factura electrónica en España
El borrador preliminar presentado por las autoridades españolas podía ser sometido a un proceso de “audiencia pública” hasta el 10 de julio. Hasta entonces, las empresas afectadas y los proveedores de servicio, podían plantear mejoras y sugerencias que podrán o no ser consideradas en la redacción del texto definitivo.
El reglamento definitivo se elaborará una vez analizadas las alegaciones presentadas durante la audiencia pública en forma de “Real Decreto”. Este decreto entrará en vigor inmediatamente tras su publicación, iniciando la cuenta atrás para la adhesión al proyecto conforme a los distintos plazos de implementación definidos.
De no cambiar respecto al borrador presentado, los plazos a considerar desde la publicación definitiva del Real Decreto serán:
- Un año para las empresas cuya facturación anual supere los 8 millones de euros.
- Dos años para el resto de las empresas (aquellas con ventas inferiores a los 8 millones de euros).
Obligaciones para empresas y profesionales
A la espera de la publicación de la ley definitiva que regulará el sistema de factura electrónica obligatoria en España, el borrador del reglamento técnico establece entre otros los siguientes requerimientos:
- Obligatoriedad de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.
- Proporcionar información sobre los estados de las facturas.
- Garantizar la interconexión e interoperabilidad gratuita entre las soluciones o plataformas tecnológicas. Este procedimiento de acreditación de la interconexión y la interoperabilidad se determinará reglamentariamente.
- Los receptores de facturas electrónicas no podrán obligar a su emisor a la utilización de una solución, plataforma o proveedor de servicios de facturación electrónica predeterminado.
- Mantener el acceso de las facturas electrónicas durante 4 años para los destinatarios. Cuando los destinatarios de éstas hayan dejado de ser clientes de las empresas emisoras, se deberá permitir su acceso durante los 3 años posteriores a la finalización de los contratos.
- Facilitar el acceso, visualización, descarga e impresión de la factura electrónica para los receptores.
Principales beneficios del uso de la factura electrónica B2B en España
El uso de la factura electrónica aporta grandes ventajas en la operativa diaria de las empresas:
- Digitalización y optimización de las relaciones empresariales
- Reducción de tiempo y costes
- Aumento de la productividad
- Mayor seguridad y fiabilidad de las transacciones electrónicas
- Reducción de la morosidad en las operaciones comerciales
- Trazabilidad y control de pagos entre empresas y autónomos
- Reducción de errores humanos gracias a la automatización de procesos
Desde el Departamento de Consultoría de Procesos de addwill, estaremos encantados de colaborar en vuestra adaptación a la nueva normativa.
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