Por medio de la presente se informa de las principales reglas aplicables, a partir del 1 de enero de 2027, al cálculo de la base reguladora de la pensión contributiva de jubilación.

La modificación deriva de la reforma incorporada por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que modificó, entre otras disposiciones, el artículo 209 y el régimen transitorio de la Ley General de la Seguridad Social.

1-Base reguladora en 2027

Para las pensiones cuyo hecho causante tenga lugar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027, el método introducido por la reforma calcula la base reguladora mediante la siguiente operación:

Suma de las 304 bases de cotización de mayor importe comprendidas dentro de los 308 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, dividida entre 354,67.

En consecuencia, la ventana temporal de referencia se amplía a 25 años y 8 meses. Dentro de ella se seleccionan las 304 mensualidades de mayor importe, de modo que quedan fuera del cálculo las cuatro mensualidades menos favorables.

A estos efectos, las bases computables se determinan aplicando previamente las reglas de actualización e integración de lagunas que correspondan. Las bases anteriores a los veinticuatro meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante se actualizan conforme a la evolución del IPC; las relativas a esos últimos veinticuatro meses se incorporan por su valor nominal.

2-Mantenimiento del cálculo anterior cuando resulte más favorable

El nuevo sistema no desplaza automáticamente el régimen de cálculo anterior. Para los hechos causantes producidos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2040, la entidad gestora debe aplicar de oficio el método que genere la base reguladora más favorable.

Por tanto, en 2027 se compararán los dos métodos siguientes:

Operación aplicable
Régimen anterior Suma de las bases de cotización de los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante, dividida entre 350.
Régimen introducido por la reforma para 2027 Suma de las 304 bases de mayor importe dentro de los 308 meses inmediatamente anteriores, dividida entre 354,67.

La comparación opera exclusivamente respecto de la base reguladora. Determinada la más favorable, se aplicarán las restantes reglas de cuantificación que procedan, incluyendo el porcentaje derivado de la carrera de cotización, los coeficientes reductores o incentivos por anticipación o demora, los límites máximos y, en su caso, los complementos aplicables.

3-Alcance práctico de la modificación

La reforma introduce de forma gradual un período de observación más amplio y permite excluir las bases menos favorables dentro de dicho período. Su efecto dependerá necesariamente del historial individual de cotización.

El método puede resultar especialmente relevante cuando concurran períodos de bases reducidas, falta de cotización, reducciones de jornada, oscilaciones retributivas o descensos de bases durante la fase final de la vida laboral. Sin embargo, no determina por sí mismo una mejora de la cuantía de la pensión, pues el régimen transitorio preserva el cálculo anterior cuando este sea superior.

La regulación alcanzará su configuración ordinaria desde 2044. Entonces se tomarán las 324 bases de mayor importe dentro de los 348 meses anteriores al mes previo al hecho causante —un período de veintinueve años— y se dividirán entre 378, con exclusión de hasta veinticuatro mensualidades de menor importe.

4-Reglas conexas vigentes desde 2027

La modificación del período de cómputo debe diferenciarse de las reglas relativas a la edad ordinaria y al porcentaje aplicable a la base reguladora:

  • La edad ordinaria de jubilación será de 67 años, salvo que se acrediten al menos 38 años y 6 meses de cotización, supuesto en el que será de 65 años.
  • Se mantiene el acceso al 50 % de la base reguladora con quince años de cotización, siempre que se cumplan los requisitos de carencia exigibles.
  • Desde 2027, para completar el porcentaje aplicable a la base reguladora, se adicionará un 0,19 % por cada mes adicional de cotización dentro de los primeros 248 meses y un 0,18 % por cada uno de los 16 meses siguientes. El 100 % se alcanza con 37 años de cotización.

5-Conclusión

Para una jubilación causada en 2027, la entidad gestora deberá contrastar el cálculo tradicional de los últimos veinticinco años con el nuevo cálculo de las 304 mejores bases dentro de los últimos 308 meses, y reconocer el resultado que produzca la base reguladora más favorable.

La determinación concreta de la pensión exige examinar el informe de vida laboral, las bases de cotización efectivamente acreditadas, los períodos sin cotización y la modalidad de jubilación solicitada.

Autora:

Miriam Sitjar

Associate, Departamento Laboral, addwill