El próximo 31 de diciembre finaliza el plazo para realizar unas solicitudes a efectos del IVA a la Agencia Tributaria para que sean efectivas a partir de enero de 2022, e igualmente hay que tener en cuenta otras cuestiones relevantes a final de año que pasamos a enumerar.
1-Obligación de llevanza electrónica de los libros registro (SII)
Es necesario revisar la cifra de negocios para conocer si existe la obligación de presentar declaraciones mensuales o trimestrales del impuesto sobre el valor añadido. Existe obligación de presentar declaraciones mensuales si se supera la cifra de 6.010.12,04 euros de facturación.
En relación con la obligación relativa al suministro de información inmediata(SII) quienes adquieran la condición de Gran Empresa por exceder su volumen de operaciones de 6.010.120,14 € durante el ejercicio 2021 deberán cumplir con el suministro de los registros de facturación a partir del 1 de enero de 2022.
Esto es independiente del hecho de que la obligación de comunicar a la Administración Tributaria la adquisición de la condición de Gran Empresa se pueda realizar durante todo el mes de enero y, en cualquier caso, antes del vencimiento del plazo para la presentación de la primera declaración periódica afectada por la variación puesta en conocimiento de la Administración tributaria o que hubiese debido presentarse de no haberse producido dicha variación , i.e. el 21 de febrero de 2022, en caso de encontrarse sujetos a la obligación de presentar el citado modelo.
Por último, el SII es obligatorio para las empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME), así como para los grupos de IVA.
2-Declaraciones estadísticas Intrastats (Intrastat)
Existe obligación de presentar declaración intrastat de todos los sujetos pasivos del impuesto sobre el Valor Añadido, que hayan realizado operaciones intracomunitarias por un valor que alcance el umbral de exención 400.000 euros durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho umbral, lo alcancen a lo largo del año natural en curso.
Asimismo, es recomendable conciliar los instrastats junto con el modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
3-REGE (Régimen especial del Grupo de Entidades en el IVA)
Por medio del modelo 039 es obligatorio comunicar las siguientes cuestiones a través de la presentación de la Comunicación de datos relativa al REGE:
- En su caso, opción o renuncia:
– A la aplicación del REGE en el IVA.
– A la aplicación de la modalidad avanzada del REGE.
– A la aplicación del Régimen de Devolución Mensual del IVA a la totalidad de las entidades del grupo integradas en el REGE.
- En todo caso, la relación de entidades del Grupo que aplican el REGE, indicando si hay o no alteraciones respecto al anterior año.
4-Régimen Especial de Criterio de caja:
Existe también la posibilidad de comunicar la opción (para 2022 y sucesivos) o renuncia (para 2022, 2023 y 2024) a la aplicación del Régimen Especial del criterio de caja mediante la presentación de la correspondiente declaración censal (modelo 036/037).
5-Otros Regímenes Especiales
Existe además la posibilidad de llevar a cabo las siguientes comunicaciones relacionadas con otros regímenes espaciales:
- Renuncia al Régimen Simplificado o al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (para 2022 y sucesivos) mediante declaración censal (modelo 036/037) presentada ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Renuncia u opción por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (para 2022 y sucesivos), mediante presentación de declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Renuncia u opción por tributación en destino en el Régimen de Ventas a distancia a otros países de la Unión Europea (para 2022 y 2023), mediante presentación de declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Para cualquier duda o para obtener más información al respecto no dude en contactar con nosotros.