A raíz de las redes sociales y de los sitios web en los que se puede compartir contenido de tipo audiovisual han surgido nuevas fuentes de ingresos. Son cada vez más las personas que se dedican profesionalmente a subir contenido de cualquier tipo en las redes sociales, en plataformas clásicas como es ya youtube o de algunas algo más nuevas como seria twitch. A estas personas también se les conoce de forma coloquial y bajo el anglicismo de streamers. En este post vamos analizar las fuentes de ingresos del streaming y la tributación que le acompaña en Andorra.

En primer lugar, resultará imprescindible definir que es un streamer. Pues bien, diríamos de una forma muy simple que, un streamer, es aquella persona que transmite en línea y a través de cualquier canal web contenido en vivo o bien pre grabado.

Las fuentes de ingresos del streaming pueden ser muy variadas, puesto que, pueden provenir de donaciones de los propios followers ubicados en cualquier parte del mundo, de acuerdos firmados con distintas marcas nacionales o internacionales o bien de colaboraciones puntuales para realizar acciones publicitarias de impacto global, todo y siempre, a través de los propios canales de difusión de los streamers.

Desde el punto de vista tributario Andorrano estas personas serán consideras como profesionales y deberán tributar por todos los ingresos mundiales (provengan o no del propio streaming) independientemente de cual sea su origen, tipo o procedencia.

Gracias a las particularidades de este tipo de negocio (porque si, no deja de ser un negocio) siendo estas mismas la deslocalización para el ejercicio de la actividad y la globalización del público del streaming, hacen que Andorra sea un país idóneo para ejercer este tipo de negocio.

Esta última afirmación se sustenta gracias a la buena ubicación del principado dentro del continente europeo, una red de transmisión de datos muy destacada y una fiscalidad muy atractiva en comparación a sus países vecinos europeos.

Los beneficios empresariales derivados del streaming en Andorra tributarían al 10% y el IGI general (lo que se conoce en España como IVA) por todas aquellas operaciones que se entendieran realizadas en territorio Andorrano sería del 4,5%.

Sin embargo, para poder obtener todas estas ventajas fiscales, será necesario ser considerado residente fiscal en Andorra.

Para tener la condición de residente fiscal en Andorra, será necesario justificar la realización de tu actividad en este país como streamer, aparte de cumplir un seguido de condiciones para poder obtener tu residencia fiscal en el país Andorrano. Será necesario vivir como mínimo 183 días reales al año en el Principado de Andorra, tener más de 18 años, ausencia de antecedentes penales, obtener un domicilio fiscal en el Principado, y que tu centro principal de intereses pase a estar en Andorra.

Si eres streamer y si tienes cualquier duda más al respecto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para analizar, comentar y planificar fiscalmente todo lo que sea necesario para tu posible instauración en Andorra como residente fiscal.