El Real Decreto 893/2024, que entró en vigor el pasado 12 de septiembre de 2024, introdujo importantes medidas para garantizar la seguridad y salud de las personas empleadas del hogar, poniendo fin a la precariedad laboral de este colectivo. Se reconocen derechos clave como la vigilancia de la salud, medidas preventivas, y formación gratuita, y se crean herramientas para facilitar su aplicación sin afectar a las familias empleadoras. Esta regulación alinea los derechos de las personas trabajadoras del hogar con los del resto de empleados por cuenta ajena, logrando mayor equidad en las condiciones laborales.

Con esta norma, España cumple con el Convenio 189 de la OIT, que establece medidas para proteger a las personas empleadas del hogar frente a abusos, acoso y violencia. El decreto refuerza la dignificación del trabajo doméstico, reconociéndolo como esencial para el bienestar social.

Derechos de las personas trabajadoras del hogar:

  • Protección en seguridad y salud: Se garantizó una evaluación de riesgos del entorno doméstico y la adopción de medidas preventivas para proteger la salud de las trabajadoras.
  • Formación en riesgos laborales: Las personas empleadas recibieron el derecho a formación específica sobre los riesgos asociados a sus tareas, a través de una plataforma online del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Vigilancia de la salud: Se incorporó el derecho a un reconocimiento médico gratuito, voluntario y adecuado a los riesgos identificados en el trabajo, con una periodicidad de tres años.
  • Protección frente a la violencia y acoso: Se estableció un protocolo contra el acoso laboral, incluido el sexual, racial o por identidad de género. Además, se determinó que abandonar el domicilio por violencia no sería causa de despido.

Obligaciones de las personas empleadoras:

  • Evaluación de riesgos: Las personas empleadoras quedaron obligadas a evaluar los riesgos laborales mediante una herramienta online proporcionada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), y adoptar las medidas preventivas necesarias.
  • Equipos de protección: Se estableció la obligación de proporcionar el equipo adecuado para realizar las tareas del hogar de forma segura.
  • Información y formación: Las personas empleadoras debían informar a las personas trabajadoras sobre los riesgos específicos del hogar y garantizar la formación en prevención de riesgos laborales.

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