La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado en la sede electrónica el padrón definitivo de los vehículos con cuota a pagar por el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono (CO2) de los vehículos de tracción mecánica (turismos, furgonetas y motocicletas). Se puede consultar accediendo a través del idCAT Móvil (u otros sistemas de identificación digital) o con el NIF y la matrícula. Así pues, se abre el período de pago del impuesto, que se puede realizar en línea desde la misma pantalla de consulta del padrón.
Este impuesto es de obligado pago para todas las personas titulares de un vehículo con domicilio fiscal en Cataluña en 2020. También están obligadas a tributar las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña, pero que tengan un establecimiento, sucursal u oficina y vehículos registrados durante 2020.
Las personas que domiciliaron el pago antes del 15 de julio y se suscribieron a la notificación electrónica, gozan de un 2% de bonificación de la cuota y recibirán un cargo en cuenta el día 5 de noviembre. A partir de entonces se podrá continuar domiciliando el pago del impuesto para el ejercicio 2021 y los posteriores.
Están exentos de tributar los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o los vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares y los vehículos autorizados a transportar más de nueve personas. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos gozan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por tanto, tampoco tributan.
Puede consultar en el siguiente enlace puesto a disposición por la ATC: Padrón definitivo.
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