El régimen fiscal especial para expatriados es un régimen opcional disponible solo para quienes se desplazan a España para trabajar y convertirse en residentes fiscales en España, en consecuencia, existen dos requisitos básicos que deben cumplirse. Entonces, el primer paso para poder calificar es obtener la residencia española.

1-REQUISITOS DE LA RESIDENCIA FISCAL EN ESPAÑA

La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece que existen tres condiciones diferenciadas, que pueden cumplirse para adquirir la condición de residente fiscal en España.

Cabe destacar que una persona física puede ser considerada residente fiscal en España si se cumple alguna de las tres situaciones que describiremos (es suficiente si se cumple alguna).

a) La regla de los 183 días

La primera condición para convertirse en residente fiscal en España es permanecer más de 183 días durante el año natural.

En el caso de países o territorios calificados como paraísos fiscales, la Administración Tributaria española podrá exigir prueba de estancia en dicho paraíso fiscal durante un plazo de 183 días dentro del año natural.

b) Regla de los principales intereses económicos

Otra condición para ser considerado residente fiscal en España es que el contribuyente emplace sus actividades o intereses económicos, directa o indirectamente en España.

Esta condición debe interpretarse como una comparación de las actividades entre España y otros países y también se puede tener en cuenta la ubicación de los activos o gastos en esta comparación.

c) La regla del centro de intereses vitales

Por último, la condición final que puede aplicarse para ser considerado residente fiscal en España consiste en tener un cónyuge no separado legalmente y / o hijos menores de edad a cargo que residan en España.

2-REQUISITO DE DESPLAZARSE A ESPAÑA PARA TRABAJAR

El segundo requisito que hay que cumplir es que el traslado a España se produzca por motivos laborales. Puede parecer bastante simple, pero suele ser el más problemático de todos. Posibles tipos de trabajo:

a) Nueva relación laboral con una empresa española

SI decide trasladarse a España para iniciar una nueva relación laboral con un empleador en España. Esto se aplica a todo tipo de relaciones laborales, incluidas las ordinarias, las relaciones especiales (directores de empresa, artistas, presos, estibadores, etc.) o las relaciones estatutarias (principalmente servidores públicos), excepto las relaciones especiales de deportistas profesionales, que están expresamente excluidos del régimen especial de expatriados.

b) Traslado a España manteniendo la relación laboral original

SI tu empleador de otro país te trasladó a España, sin ser contratado por otra empresa. En este caso, para cumplir con el requisito, necesitaría una carta de su empleador solicitando el traslado a territorio español. Su empleador debe registrarse en la Agencia Tributaria Española.

c) Convertirse en director de una empresa en España

Si se trasladó a España por la adquisición de la condición de consejero de una empresa española. El órgano de gobierno de una sociedad es el responsable último de la dirección y representación de la sociedad, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital y los estatutos sociales. Este órgano puede estar formado por un solo miembro (director único) o un grupo de miembros (junta directiva). En ambos casos te convertirías en consejero (no es una relación laboral, aunque sí es compatible).

Si ha adquirido la condición de consejero en España, o está a punto de hacerlo, entonces, para cumplir con el requisito de la RETD, no puede poseer directa o indirectamente el 25% o más de las acciones de la empresa.

El traslado a España

La normativa del régimen de Expats exige que el traslado a España se produzca como consecuencia del nuevo trabajo en España. Sin embargo, el reglamento no dice cuándo se considera que existe este vínculo causal, por lo que puede ser necesario presentar pruebas para convencer a las autoridades fiscales.

Por ejemplo, un largo período de tiempo entre los dos momentos (mudarse a España y empezar a trabajar) puede ser un indicador, entre otros factores a considerar, de que no existe tal relación causal; sin embargo, también existen diferentes tipos de evidencia para probar la causalidad.