Las personas que hayan obtenido beneficios mediante la inversión en criptomonedas y no los declaren en su declaración de la Renta, podrían enfrentarse sanciones de hasta el 150% sobre los impuestos que deben pagar a Hacienda por dichas ganancias.

Actualmente las ventas de criptomonedas tributan de manera similar a la venta de cualquier otro activo convencional, es decir, como una ganancia o pérdida patrimonial que se incluye en la base imponible del ahorro. Los diferentes tramos impositivos del ejercicio 2022 se aplican de la siguiente manera: para ganancias de hasta 6.000 euros, el 19%; entre 6.000 euros y 50.000 euros, el 21%; entre 50.000 euros y 200.000 euros, el 23%; y para más de 200.000 euros, el 26%.

Desde 2021, Hacienda exige la declaración de criptomonedas en la Renta, y ya incluye en ocasiones en el borrador de los datos fiscales advertencias concretas sobre la mencionada obligación.

Sin embargo, sólo se deben declarar las operaciones realizadas que generen una variación de patrimonio. Por lo tanto, si un usuario ha comprado activos digitales y no los ha tocado con la esperanza de que su valor aumente, no necesita declararlos. Pero si ha realizado ventas, recibido recompensas o ha intercambiado criptomonedas por otras, deberá declararlo. Además, desde 2022, también se deben incluir las pérdidas en la declaración de la Renta que se hace en 2023.

En cuanto al intercambio de criptomonedas, si en lugar de venderlas se han intercambiado, se considera una variación patrimonial y se define como una permuta a efectos fiscales. La diferencia entre el precio de compra y el precio del intercambio debe tributar como ganancia o pérdida.

En el caso de Airdrop, es decir, cuando una empresa regala criptomonedas al usuario por acciones de márqueting, como promocionarla o hacer cursos, el usuario también debe tributar y pagar impuestos por ellas. En este caso, se debe reflejar la ganancia recibida, es decir, el valor del activo en el mercado en el momento en que se recibe.

En addwill estamos encantados de ofrecer nuestra ayuda para aclarar cualquier pregunta o cuestión que os pueda surgir, o si necesitáis más información o asesoramiento por parte de nuestros expertos en el departamento fiscal.

No dudéis en poneros en contacto con nosotros a través del teléfono +34 934 875 200,  mediante el correo electrónico info@addwill.eu o haciendo clic aquí.