Si su empresa realiza operaciones con empresas o personas físicas vinculadas, aplica el incentivo fiscal del Patent Box o ha efectuado operaciones con paraísos fiscales, le recordamos que la normativa fiscal del Impuesto sobre Sociedades obliga a declarar e informar de las operaciones que se realizan mediante el Modelo 232, que es la declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Si su empresa cierra el ejercicio a 31 de diciembre de 2022, el plazo de declaración vence el presente mes de noviembre. En otro caso se deberá confeccionar en el mes siguiente transcurrido el plazo de 9 meses desde el cierre del ejercicio.
Existe obligación en los siguientes 5 casos:
- Cuando el importe de la contraprestación con cada entidad vinculada supera el límite cuantitativo de 250.000 € por el conjunto de operaciones,
- Si lleva a cabo operaciones específicas siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones exceda de los 100.000€,
- Si el conjunto de operaciones del mismo tipo y método de valoración con personas o entidades vinculadas representen un valor superior al 50% de la cifra de negocios de la entidad, independientemente del importe de las mismas.
- Si realizan operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.
- Cuando una entidad se beneficie de la reducción del régimen de “Patent Box” por operaciones con personas o entidades vinculadas.
No hay obligación de informar en el modelo 232 las operaciones entre entidades integrantes en un mismo grupo de consolidación fiscal y las realizadas con sus miembros por las agrupaciones de interés económico o las uniones temporales de empresas.
Sí existe obligación para aquellas operaciones vinculadas con entidades que no formen parte del grupo (por ejemplo, en el extranjero).
La incorrecta o falseada presentación del modelo 232 puede suponer para el contribuyente una multa proporcional de hasta el 2% del importe de las operaciones no declaradas o declaradas incorrectamente, con un mínimo de 500€.
Addwill cuenta con un equipo de expertos con la experiencia necesaria para informarle, asesorarle y llevar a cabo la exacta y eficiente presentación del Modelo 232.
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