El año 2023 trae grandes cambios en el sistema público de pensiones, como la entrada en vigor de la reforma de las pensiones o la aplicación desde este mes de enero del nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que aumentará las cotizaciones a la Seguridad Social.
El MEI sustituye al factor de sostenibilidad, que corregía los incrementos del gasto en pensiones derivados del aumento de la esperanza de vida, y se aplicará hasta 2032.
El mecanismo reactivará el Fondo de Reserva de la Seguridad Social a través de un incremento del 0,6 % de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes desde 2023 a 2032; el 0,5 % de esta subida correrá a cargo de la empresa y el 0,1 % restante del trabajador. Los autónomos asumirán íntegramente el incremento de cotización del 0,6 %.
Consecuencias del MEI en trabajadores y empresarios
- El tipo de cotización por contingencias comunes para los trabajadores por cuenta ajena asciende a un 28,30 %; el 23,60 % va a cargo de la empresa y el 4,70 % lo asume el trabajador.
- Esos tipos se aplican sobre la base de cotización que corresponda al empleado para calcular la cuota a ingresar.
- Al tipo de cotización por contingencias comunes se sumará el incremento de tipos del MEI del 0,6 %, por lo que quedará en un 28,90 %.
- Se repartirá en un 24,10 % a cargo de la empresa y un 4,60 % a cargo del trabajador.
Cómo repercute el MEI en la cotización de autónomos
- El tipo de cotización por contingencias comunes también pasará del 28,30 % en 2022 al 28,90 % a partir de 2023, siendo el total de cotización del 31,20% una vez añadidas las cotizaciones por contingencias profesionales y cese de actividad.
- El incremento de la base de cotización y, por tanto, el de la cuota a abonar que sufrirán muchos autónomos, con la entrada en vigor en enero de 2023 del nuevo sistema de cotización de autónomos de acuerdo a sus rendimientos netos reales.
- Se establecen 15 tramos de cotización en función de tramos de rendimientos netos, y contempla tramos de cotización progresiva desde 2023 hasta 2025.
Empieza este año con cuotas que van desde una cuota mínima de 234 euros mensuales para autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros mensuales, hasta los 509 euros al mes de cuota mínima para aquellos con rendimientos netos superiores a 6.000 euros mensuales.
Nueva base de cotización máxima:
El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido, queda fijado, a partir del 1 de enero de 2023, en la cuantía de 4.495,50 euros mensuales.
Las bases mínimas se mantendrán igual mientras no se incremente el SMI (Salario Mínimo Interprofesional).
Si queréis ampliar la información, podéis poneros en contacto con el departamento de laboral, o si lo preferís podéis contactarnos a través de nuestro formulario haciendo clic aquí.