A raíz del incremento de las inversiones realizadas por los contribuyentes en estos últimos tiempos en activos digitales, como son las monedas virtuales, en 2021 Hacienda estableció por ley la obligación de informarlas en el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
A pesar de que esta obligación es ya una realidad, a día de hoy, aún no se ha concretado la manera de cómo se deberá cumplir con esta nueva exigencia, por lo tanto, como esta obligación no está implementada normativamente, no es posible su aplicación para la presente campaña del modelo 720.
En este mismo sentido, en el plan de control tributario del ejercicio 2022, aprobado recientemente, se establece que, esta nueva obligación de información de las criptomonedas en el modelo 720 ( o en un nuevo modelo específico para este tipo de activos), se desarrollará y regulará a lo largo del presente ejercicio, por lo cual, previsiblemente, no será exigible esta nueva obligación hasta la campaña 2023 que será cuando se informará sobre el presente ejercicio.
En cualquier caso, la interpretación realizada solo es trasladable al deber de información sobre las monedas virtuales en el modelo 720 y en ningún caso se entiende que podría eximir al contribuyente de tributar en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) por posibles ganancias derivadas de las transacciones con criptomonedas o del deber de declararlas, si se superan los límites de exención, en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Lo expuesto se trata de la interpretación que realiza el mismo equipo experto en tributación digital de addwill con el que puedes contactar para asesorarte sobre la tributación, los deberes de información sobre los activos digitales y en general, sobre cualquier tipo de cuestión relacionada con el modelo 720.
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