El martes 6 de septiembre el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 16/2022, que tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las empleadas de hogar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena. El cambio más destacado es que estos trabajadores que en su mayoría son mujeres podrán acceder a un subsidio de desempleo.

Las empleadas del hogar dejan así de ser el único colectivo laboral que carecía de protección en situación de desempleo, pese a que la mayoría tienen relaciones laborales a tiempo parcial e intermitentes, que a menudo finalizan repentinamente por defunción de sus empleadores y con un régimen especial de despido que permitía los despidos arbitrarios e intempestivos sin ningún tipo de indemnización.

1-Cómo afecta a las empleadas del hogar

El principal cambio que establece esta nueva normativa es que, a partir de ahora, las trabajadoras de hogar tendrán el derecho a la prestación por desempleo, así como a las asistenciales cuando no se tiene derecho a la contributiva. Sin embargo, el decreto incluye varios aspectos:

  • Fin del desistimiento: se elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones, al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna. A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas, extendiendo, en consecuencia, la protección frente al despido.
  • Formación: el Gobierno desarrollará políticas de formación y acreditación para las personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado o la atención de las personas que formen parte del ámbito doméstico y familiar. Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él.
  • Enfermedades profesionales: La norma establece también el compromiso de creación de una comisión de estudio cuyo objetivo es la inclusión de la perspectiva de género en el cuadro de enfermedades para que se identifiquen y se corrijan las deficiencias que existen en el ámbito de la protección ante las enfermedades profesionales de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres.

2-Quién asume las cotizaciones

Los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

3-Bonificaciones

Los importes de estas cotizaciones por desempleo y Fogasa estarán bonificados en un 80 % mientras que la de cotización por contingencias comunes tendrá una reducción mínima del 20 % que se podrá ampliar según tipo de familia, niveles de renta y patrimonio. Este punto será desarrollado en un reglamento, para lo que los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social se han dado un plazo de seis meses.

4-A partir de cuándo cotizan

Las empleadas adquieren desde este 1 de octubre de 2022 ese derecho a percibir el paro si son despedidas, pero para poder acceder a la prestación contributiva deberán haber estado cotizando por ella durante un año como el resto de asalariados.

5-Quién podrá acogerse a esta protección

Para los empleadores, en su mayoría familias, la nueva cotización por desempleo fijada en un tipo del 6 % (del que el empleador asume el 5 % y el trabajador el 1 %) y el 0,2 % para el Fogasa supondrá un incremento de la cuota mensual a la Seguridad Social de 31,38 euros en el caso de cotizar por una base de 1.166,7 euros o de 4,49 euros en una de 500 euros, según los datos facilitados por la Seguridad Social. Además, la Seguridad Social actualizará de forma automática las cuotas que se cargan a los empleadores.

Todos los trabajadores de hogar podrán tener derecho a este subsidio de desempleo, pero es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social y están obligados a ello desde la primera hora de trabajo.

Si quieren ampliar la información, podéis poneros en contacto con el departamento de laboral, o si lo prefieres puedes contactarnos a través de nuestro formulario haciendo click aquí.